El Ombudsman de Puerto Rico, Edwin García Feliciano, instó a todos los beneficiarios del Seguro Social y con probabilidades de beneficiarse del programa de Seguridad de Ingreso Suplementario ó SSI, por sus siglas en Inglés, que no duden en reclamar el beneficio a través del procedimiento que establece la propia agencia federal, ya que existen recursos legales presentados ante los tribunales federales cuyas sentencias pudieran sustentar su derecho a recibirlo.
Respondiendo a múltiples llamadas recibidas por personas buscando cómo orientarse a raíz del caso U.S. v. Vaello-Madero, 956 F.3d 12, (1st Cir. 2020), García Feliciano ordenó que los investigadores de su oficina estén debidamente adiestrados en los alcances de esta sentencia, y de los requisitos que exige el Seguro Social para los beneficiarios del SSI.
“No estamos alentando a nadie a que tome un curso de acción u otro, ni pretendemos garantizar u objetar algún beneficio al que tengan o no derecho. Nuestro interés como Ombudsman y defensor de derechos humanos, es orientar a la ciudadanía de que si entiende le asiste un derecho, pues que no dude en reclamarlo utilizando los procedimientos habilitados en ley o administrativamente para ello” afirmó el Procurador.
Sobre el particular, García Feliciano informó además, que en agosto de este año, se presentó ante el Tribunal Federal en San Juan una Demanda de Clase en el caso Rivera Fuentes v. Saúl, 20-cv-01444, por la licenciada Isabel Abislaimán. En la misma se fundamenta la continuada aplicación por parte del Seguro Social de “disposiciones discriminatorias” que impiden a los ciudadanos elegibles de la Isla, a solicitar y recibir los beneficios de SSI, no empece al dictamen establecido en el caso Vaello-Madero.
“En este esfuerzo de orientación, nuestra Oficina ya está preparada y comprometida en brindarle apoyo al proceso del caso Rivera Fuentes v. Saúl para el beneficio de los ciudadanos elegibles”, confirmó el Ombudsman.
Recalcó García Feliciano que el marco legal acostumbrado es que toda persona reclamante que se le haya violentado un derecho, deberá hacer valer el mismo prontamente para que cualquier sentencia futura que a tenor con la decisión local y refrendada por el Circuito de Boston, le valida tal reclamo retroactivo a la fecha que fue radicada la petición de recibir beneficios.
La realidad es que la decisión del Circuito, que ahora se encuentra en apelación ante el Tribunal Supremo federal, pudiera abrir la puerta para que beneficiarios del Seguro Social residentes en Puerto Rico logren acceder a $700 millones de nuevos beneficios, lo que sería un impacto positivo alentador a su calidad de vida y a la economía del país.
“En contraposición a Puerto Rico, la estadística de beneficiarios del SSI reflejó que, en el 2017, por lo menos un 6% de beneficiarios eran personas que no tenían estatus de ciudadano americano pero que residían en los estados, en el Distrito de Columbia y en el territorio de las islas Marianas”, apuntó con asombro.
Es necesario definir la posible elegibilidad de los ciudadanos a este beneficio lo cual lo determinará la Administración del Seguro Social, según informó García Feliciano, accediendo al portal: www.ssa.gov/benefits/disability/. Una vez allí, hay que pulsar el enlace identificado como beneficios por incapacidad para conocer sobre el programa y sus requisitos mínimos. Actualmente, no hay formulario por internet para solicitar el beneficio, por lo que sugerimos a los interesados que llamen al teléfono de SSA: 1-800-772-1213 de lunes a viernes entre 7 am y 7 pm. De ser rechazada la solicitud, el proceso se continúa radicando una apelación. En todo momento se debe documentar la gestión. Es decir que día, hora hizo la llamada y con quien habló. Si se mantiene el rechazo, el ciudadano afectado podría tener un derecho a reclamar ante el Tribunal Federal, ya que la agencia pretende desconocer la validez de una decisión judicial. Para ello, podría enviar su caso documentado al siguiente correo electrónico; ssiparapuertorico@gmail.com . Si prefiere realizarlo mediante correo certificado, en el Ombudsman tenemos un modelo de carta que le podemos proveer para que llene.
“Lo importante - siguió diciendo el Procurador-, es que todo ciudadano que entienda le asiste el beneficio, inicie los procesos correspondientes y de ser rechazado, demuestre que sus derechos fueron violentados para que los mecanismos en ley puedan asistirle”, aseveró.
Agregó que su deber como Ombudsman es defender el derecho ciudadano, mediante la debida orientación al respecto y no mediante representación legal. Pero corresponde a cada quién, tomar su decisión personal sobre su curso de acción, ante la decisión del Primer Circuito de Boston sobre el SSI para los ciudadanos americanos que residen en la Isla.