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servicio al ciudadano

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Oficina del Ombudsman

El Ombudsman se creó con el fin de contar con un organismo gubernamental, con los poderes necesarios para servir de instrumento para que el pueblo canalice el derecho constitucional de solicitar la reparación de agravios.  La jurisdicción de la oficina alcanza a todas las agencias gubernamentales las cuales pueden ser intervenidas a los fines de revisar los procesos que utilizan para la prestación de servicios a la ciudadanía.

El desempeño de esta labor incluye las siguientes responsabilidades: Investigar cualquier acto administrativo que aparente ser contrario a la ley o a los reglamentos, irrazonable, injusto, arbitrario, ofensivo o discriminatorio, basado en un error de hechos o en motivos improcedentes o irrelevantes; que no esté acompañado de una adecuada exposición de razones cuando la ley o los reglamentos lo requieran.  Evaluar si las recomendaciones sometidas por el Ombudsman para corregir las acciones tomadas por las agencias han sido consideradas para su implantación.  Tomar juramento o declaraciones; ordenar la comparecencia y declaración de testigos y requerir la presentación de cualesquiera papeles, libros, documentos y otra evidencia para la evaluación de rigor.  Requerir a las instrumentalidades públicas la realización de estudios externos y contratación de recursos para cumplir con su función.  Solicitar de las entidades gubernamentales los recursos humanos, el equipo, el espacio de oficina, o de cualquiera otra índole para realizar su labor.

Ley Núm. 134 de 30 de Junio de 1977
Según enmendada

Ombudsapp

Para Iniciar su solicitud de intervención a través del Ombudsapp y mantener un contacto interactivo con su investigador(a) puede acceder a la aplicación disponible en Apple App Store y Play Store.

Reclamaciones

Presente su reclamo en línea
Solicite la intervención del Ombudsman en el ámbito administrativo exclusivamente

Procuradurías

Pequeños y Medianos Comerciantes

Bajo esta Ley el Procurador de Pequeños Negocios, tiene la responsabilidad de velar por el bienestar y el desarrollo de los pequeños comerciantes, llevando a cabo el análisis y evaluación de la reglamentación gubernamental que incide sobre estos para garantizar la flexibilidad y disminuir los excesos de la de reglamentos actuales con los sectores empresariales  a ser reglamentados.

Como parte de las funciones de la oficina se llevan a cabo investigaciones sobre reclamos presentados. Incluye: la fiscalización por la aplicabilidad errónea de cualquier reglamentación, imposición de penalidades, dilación de certificaciones y/o permisos entre otros aspectos.

Seguridad de Bancos de Información del Gobierno

Bajo la Ley 97 de 2008, crea la Procuraduría Especializada en Sistemas de Seguridad de Bancos adscrita al Ombudsman para asumir la responsabilidad de velar por la debida notificación de las agencias y corporaciones públicas, a las personas perjudicadas ante la violación a la seguridad de sus bancos de datos que contenga información personal sensitiva en los archivos de los sistemas de dicha entidad - que no estuvieran protegidos con claves criptográficas más allá de una contraseña.

Procuraduría de Transporte Público

Ley 75 de 6 de agosto de 2021, crea la figura del Procurador del Transporte Público para atender las reclamaciones que surjan en las áreas del Transporte Público, incluyendo sin limitarse, la Ley Núm.  109 de 28 de junio de 1962, según enmendada, conocida como “Ley de Servicio Público de Puerto Rico”, así como cualquiera otra Ley que se relacione con el transporte público mediante paga.

Proyecto de Acción Inmediata de los Servicios Básicos Esenciales

Plan de acción inmediata de los servicios básicos esenciales destinado a la protección de infraestructura y sostenibilidad de los servicios, enfocándose en atender todas aquellas situaciones que pudieran provocar perdida de infraestructura, utilidades, recursos y por consecuencia la ausencia de agua, luz y comunicaciones. Tomando en consideración los tres criterios: Conservación / Protección, Permanencia / Sostenibilidad y Rehabilitación / Recuperación. Todos de igual trascendencia, el principal propósito está en proteger los servicios y salvaguardar los derechos de nuestra ciudadanía.

Oficinas Regionales

Oficina Central
Ave. de la Constitución Núm. 8, Edif. Ramón Mellado Parsons, Viejo San Juan
email: ombusdmanpr@opc.pr.gov
Tel. (787) 724-7373 / Fax. (787) 724-8130
Oficina Regional de Arecibo
Ave. de la Constitución Núm. 8, Edif. Ramón Mellado Parsons
Viejo San Juan
Tel. (787) 879-1313
Oficina Regional de Caguas
Centro Gubernamental, Quinto Piso
Caguas
Tel. (787) 744-2277
Oficina Regional
de Humacao
Centro Gubernamental apartado 14
Humacao
Tel. (787) 852-6710
Oficina Regional
de San Juan
Ave. de la Constitución Núm. 8, Edif. Ramón Mellado Parsons
Viejo San Juan
Tel. (787) 724-7373
Oficina Regional de Mayagüez
Hormigueros Plaza, Primer Piso, Carr. 344 Km. 0.1 Zona Industrial
Hormigueros
Tel. (787) 832-5760